"Todos somos unos genios. Pero si juzgas a un pez por su habilidad de escalar un árbol, vivirá su vida entera creyendo que es estúpido"
Albert Einstein

Eres la visita número:

lunes, 13 de abril de 2015

Lee la Orden de 25 de julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía y haz un esquema de las medidas allí recogidas


(CORRECCIÓN)


La orden de 25 de julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía, se divide en tres capítulos en los cuales quedan resumidos sus principales artículos, normativa y los programas de atención a la diversidad. El objeto de esta Orden es la regulación y el desarrollo de medidas y programas de atención a la diversidad a todo el alumnado de educación básica de Andalucía. 

Dichos programas serán aplicados en todos los centros dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, tanto de educación primaria como secundaria. 

Además, dispone que los centros contarán con medidas de atención a la diversidad, tanto organizativas como curriculares, y tendrán autonomía para organizar de forma flexible la enseñanza y una atención personalizada al alumnado según sus necesidades.

Capitulo 1. Disposiciones de carácter general.

Capitulo 2. Actuaciones y medidas de atención a la diversidad.


Artículo 4. Estrategias de apoyo y refuerzo.

En primer lugar, destaca que los centros han de tener autonomía para organizar de manera flexible los grupos y las materias así como para adoptar medidas de atención a la diversidad y de fomento de la igualdad de sexos. Ha de prestarse especial atención al apoyo y refuerzo de materias instrumentales (Lengua castellana y literatura, Lengua extranjera, matemáticas…). Ha de tenerse en cuenta las programaciones de contenidos, circunstancias y características del alumnado en todo momento.  Las NEAE han de llevarse a cabo dentro del propio grupo, para no dar lugar a discriminación o exclusión de dicho alumnado. De la misma forma se utilizarán medidas de apoyo específicos para atender al alumnado escolarizado en el medio rural


Artículo 5. Actuaciones para la atención a la diversidad.

Los centros de educación primaria y secundaria obligatoria contarán con autonomía para desarrollar la atención a la diversidad del alumnado. El proyecto educativo de cada centro recogerá las medidas de atención a la diversidad y la dirección se encargará de la aplicación de éstas.

Artículo 6. Medidas de atención a la diversidad de carácter obligatorio.

Cada centro llevará a cabo las medidas de atención a la diversidad más acordes a las necesidades existentes y potencialmente mejorables respecto al rendimiento académico y el fracaso escolar. De la misma forma llevarán a cabo diferentes propuestas de organización tales como:

-   - Agrupamientos flexibles (carácter temporal y abierto con el fin de fomentar la integración del alumnado en su grupo).

-   - Desdoblamiento de grupos (áreas instrumentales con el fin de reforzar la enseñanza de conocimientos y por tanto, el rendimiento de los alumnos).

-    - Apoyo en grupos ordinarios (segundo profesor dentro del aula para mejorar el aprendizaje de aquellos alumnos que presenten un gran desfase respecto a los otros).

-      - Modelo flexible de horario lectivo semanal (para responder a las necesidades del alumnado).


Artículo 7. Medidas de atención a la diversidad específica para la educación secundaria obligatoria.


-      -Agrupación de diferentes materias en ámbitos (sobre todo en los dos primeros cursos para favorecer la transición entre la educación primaria y secundaria).

-    - Programación de actividades para las horas de libre disposición (sobre todo en los dos primeros cursos con el fin de complementar adecuadamente las necesidades e intereses del alumnado).

-    - Oferta de asignaturas optativas propias (más prácticas con el fin de satisfacer los intereses del alumnado).

-     - Agrupaciones de materias opcionales de cuarto curso (relacionada con la continuidad de los estudios de bachillerato o ciclos formativos).

Capitulo 3. Programas de atención a la diversidad.

    A)  Programas de refuerzo

              - Programas de refuerzo de materias instrumentales básicas
              - Programas de refuerzo (aprendizajes no adquiridos)
              - Planes específicos personalizados para el alumnado que no promocione de curso.

  B) Programas de Adaptación Curricular (adaptaciones significativas, no significativas y para alumnado con altas capacidades)

   C)     Programas de diversificación curricular en ESO
                     
                               1.Perfil del alumnado

2. duración de los programas de diversificación curricular.

3. procedimiento para la incorporación al programa

4. estructura del programa de diversificación curricular.

5.distribución horaria semanal de los programas de diversificación curricular.

6. agrupamiento de almnos y alumnas

7. elaboración del programa de diversificación curricular.

8. evaluación y promoción del alumnado que curse programas de diversificación curricular.

9. materias o ámbitos no superados.

10. titulación del alumnado que sigue programas de diversificación curricular.

No hay comentarios:

Publicar un comentario